Entradas populares

miércoles, 6 de abril de 2011

Entre investigadores, criminales y policías


Gilda Núñez // Print E-mail

El ejercicio policial no le compete al cuerpo técnico y especializado en la investigación criminalística

Al cuerpo de investigaciones penales de Venezuela le compete por ley el descubrimiento y la comprobación científica del delito y la identificación de sus autores, pero casi a diario es noticia por las detenciones masivas en operativos policiales extraordinarios, mientras sus funcionarios son denunciados constantemente por la comisión de delitos y violaciones de derechos humanos.

Los esfuerzos de los poderes públicos nacionales convergen para prevenir y evitar estas situaciones. Se han aprobado leyes para regular el Cuerpo de Investigaciones Cien- tíficas, Penales y Criminalísticas (CICPC), se han promovido cursos para la sensibilización y formación en derechos humanos de los efectivos, se ha llegado incluso al extremo de crear una unidad criminalística a cargo del Ministerio Público (dedicada a investigar de manera imparcial a quienes violen los derechos humanos) para evitar que funcionarios especializados en la investigación criminal que ejercen funciones policiales en la calle, sean investigados por sus compañeros y amigos cuando cometen violaciones a los derechos humanos.

Sin entrar a evaluar sus resultados, urge repensar la finalidad de esos esfuerzos, pues están destinados a que el servicio civil y científico, cuya característica primordial debe ser la investigación criminalística, ejerza mucho mejor y más eficientemente unas funciones que no le son propias. Así es. Porque el ejercicio de la función policial no le compete al cuerpo técnico y especializado en la investigación criminalística. A él le compete la investigación de delitos. Y es que si el único cuerpo con competencia nacional para realizar la investigación criminal cumple funciones de policía de calle, desviando la atención de su misión principal, ¿entonces quién investigará los delitos en Venezuela?

¿Desde cuándo la eficiencia de un cuerpo especializado en la investigación penal se mide en función de las detenciones realizadas y no por los "casos resueltos"? ¿Y los mismos que realizaron la detención son quienes van a investigar? Esto trae serios problemas a la imparcialidad y justicia.

Desde hace décadas, la excepción se hizo regla y los funcionarios del cuerpo técnico comenzaron a cambiar los laboratorios por las operaciones policiales, así como el patrullaje y las detenciones... pero hoy ya no hay excusa ni justificación para ello. Tenemos más de 123 cuerpos policiales regionales y municipales en todo el país, y una Policía Nacional Bolivariana en pleno crecimiento. Entonces, zapatero a su zapato. Que sea la policía la que ejerza funciones de policía, el cuerpo de investigaciones científicas el que investigue la comisión de hechos punibles e identifique a los autores de delitos para asegurar el ejercicio de la acción penal, y que los demás órganos de justicia hagan su parte.

Si algún poder público quiere trabajar para hacer más eficiente el sistema de justicia y reducir las violaciones de derechos humanos y la impunidad, por favor, que se atreva a ponerle el cascabel al gato.
Gilda Núñez // Entre investigadores, criminales y policías Print E-mail

El ejercicio policial no le compete al cuerpo técnico y especializado en la investigación criminalística

Al cuerpo de investigaciones penales de Venezuela le compete por ley el descubrimiento y la comprobación científica del delito y la identificación de sus autores, pero casi a diario es noticia por las detenciones masivas en operativos policiales extraordinarios, mientras sus funcionarios son denunciados constantemente por la comisión de delitos y violaciones de derechos humanos.

Los esfuerzos de los poderes públicos nacionales convergen para prevenir y evitar estas situaciones. Se han aprobado leyes para regular el Cuerpo de Investigaciones Cien- tíficas, Penales y Criminalísticas (CICPC), se han promovido cursos para la sensibilización y formación en derechos humanos de los efectivos, se ha llegado incluso al extremo de crear una unidad criminalística a cargo del Ministerio Público (dedicada a investigar de manera imparcial a quienes violen los derechos humanos) para evitar que funcionarios especializados en la investigación criminal que ejercen funciones policiales en la calle, sean investigados por sus compañeros y amigos cuando cometen violaciones a los derechos humanos.

Sin entrar a evaluar sus resultados, urge repensar la finalidad de esos esfuerzos, pues están destinados a que el servicio civil y científico, cuya característica primordial debe ser la investigación criminalística, ejerza mucho mejor y más eficientemente unas funciones que no le son propias. Así es. Porque el ejercicio de la función policial no le compete al cuerpo técnico y especializado en la investigación criminalística. A él le compete la investigación de delitos. Y es que si el único cuerpo con competencia nacional para realizar la investigación criminal cumple funciones de policía de calle, desviando la atención de su misión principal, ¿entonces quién investigará los delitos en Venezuela?

¿Desde cuándo la eficiencia de un cuerpo especializado en la investigación penal se mide en función de las detenciones realizadas y no por los "casos resueltos"? ¿Y los mismos que realizaron la detención son quienes van a investigar? Esto trae serios problemas a la imparcialidad y justicia.

Desde hace décadas, la excepción se hizo regla y los funcionarios del cuerpo técnico comenzaron a cambiar los laboratorios por las operaciones policiales, así como el patrullaje y las detenciones... pero hoy ya no hay excusa ni justificación para ello. Tenemos más de 123 cuerpos policiales regionales y municipales en todo el país, y una Policía Nacional Bolivariana en pleno crecimiento. Entonces, zapatero a su zapato. Que sea la policía la que ejerza funciones de policía, el cuerpo de investigaciones científicas el que investigue la comisión de hechos punibles e identifique a los autores de delitos para asegurar el ejercicio de la acción penal, y que los demás órganos de justicia hagan su parte.

Si algún poder público quiere trabajar para hacer más eficiente el sistema de justicia y reducir las violaciones de derechos humanos y la impunidad, por favor, que se atreva a ponerle el cascabel al gato.
Gilda Núñez // Entre investigadores, criminales y policías Print E-mail

El ejercicio policial no le compete al cuerpo técnico y especializado en la investigación criminalística

Al cuerpo de investigaciones penales de Venezuela le compete por ley el descubrimiento y la comprobación científica del delito y la identificación de sus autores, pero casi a diario es noticia por las detenciones masivas en operativos policiales extraordinarios, mientras sus funcionarios son denunciados constantemente por la comisión de delitos y violaciones de derechos humanos.

Los esfuerzos de los poderes públicos nacionales convergen para prevenir y evitar estas situaciones. Se han aprobado leyes para regular el Cuerpo de Investigaciones Cien- tíficas, Penales y Criminalísticas (CICPC), se han promovido cursos para la sensibilización y formación en derechos humanos de los efectivos, se ha llegado incluso al extremo de crear una unidad criminalística a cargo del Ministerio Público (dedicada a investigar de manera imparcial a quienes violen los derechos humanos) para evitar que funcionarios especializados en la investigación criminal que ejercen funciones policiales en la calle, sean investigados por sus compañeros y amigos cuando cometen violaciones a los derechos humanos.

Sin entrar a evaluar sus resultados, urge repensar la finalidad de esos esfuerzos, pues están destinados a que el servicio civil y científico, cuya característica primordial debe ser la investigación criminalística, ejerza mucho mejor y más eficientemente unas funciones que no le son propias. Así es. Porque el ejercicio de la función policial no le compete al cuerpo técnico y especializado en la investigación criminalística. A él le compete la investigación de delitos. Y es que si el único cuerpo con competencia nacional para realizar la investigación criminal cumple funciones de policía de calle, desviando la atención de su misión principal, ¿entonces quién investigará los delitos en Venezuela?

¿Desde cuándo la eficiencia de un cuerpo especializado en la investigación penal se mide en función de las detenciones realizadas y no por los "casos resueltos"? ¿Y los mismos que realizaron la detención son quienes van a investigar? Esto trae serios problemas a la imparcialidad y justicia.

Desde hace décadas, la excepción se hizo regla y los funcionarios del cuerpo técnico comenzaron a cambiar los laboratorios por las operaciones policiales, así como el patrullaje y las detenciones... pero hoy ya no hay excusa ni justificación para ello. Tenemos más de 123 cuerpos policiales regionales y municipales en todo el país, y una Policía Nacional Bolivariana en pleno crecimiento. Entonces, zapatero a su zapato. Que sea la policía la que ejerza funciones de policía, el cuerpo de investigaciones científicas el que investigue la comisión de hechos punibles e identifique a los autores de delitos para asegurar el ejercicio de la acción penal, y que los demás órganos de justicia hagan su parte.

Si algún poder público quiere trabajar para hacer más eficiente el sistema de justicia y reducir las violaciones de derechos humanos y la impunidad, por favor, que se atreva a ponerle el cascabel al gato.

No hay comentarios:

Publicar un comentario